INTRODUCCIÓN

El artículo 13 de la Norma para el Aseguramiento de la Calidad de la Información Estadística y Geográfica del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Norma) estipula que, para evaluar la calidad de la Información Estadística y Geográfica, las Unidades Administrativas, como mínimo, deberán calcular los indicadores de calidad y aplicar las metodologías de evaluación en los términos y periodicidad aprobados por el Comité. De acuerdo con el artículo 18 de la citada Norma, las Unidades Administrativas informarán al Comité los resultados de los indicadores y evaluaciones aplicados a los Procesos de Producción a su cargo, los cuales serán integrados en el Informe Anual de Resultados del Comité.

Considerando lo anterior y, para efectos de las atribuciones del Comité conforme al artículo 26 fracción IV de la Norma, se presenta la información del siguiente indicador de calidad.

1. MARCO DE REFERENCIA DEL INDICADOR

1.1 Nombre del indicador
Tasa de no respuesta a nivel variable.
1.2 Acuerdos del CoAC mediante los cuales fue aprobado el indicador:
Acuerdo CAC- 004/02/2019 en la segunda sesión del 2019 del Comité de Aseguramiento de la Calidad.
De acuerdo con lo establecido en esta ficha técnica, el indicador deberá ser reportado para uso interno por los responsables de procesos de producción de registros administrativos, considerando los siguientes puntos:

a) El reporte se deberá realizar a más tardar a los 30 días naturales contados a partir de la publicación de la información del proceso de producción,

b) Se deberá usar el formato definido por el Grupo de Trabajo,
1.3 Fecha de inicio para reportar el indicador:
Se calculará y reportará para todos los procesos de producción cuyo insumo sólo son registros administrativos que se publiquen a partir del segundo semestre de 2019.
1.4 Principio de la Política de Calidad Institucional que mide el indicador:
Veracidad (precisión y confiabilidad)
1.5 Uso previsto del indicador:
El uso del indicador es combinado.

De uso interno puede servir para retroalimentar a los responsables de los registros administrativos con el fin de reducir la no respuesta en la variable para la cual se calcula, además, para analizar la conveniencia de usar métodos de imputación.

De uso externo para que los usuarios de la información puedan tomar las precauciones necesarias al usar la información de una variable en particular en caso de observar patrones que pudieran indicar la existencia de un sesgo a causa de la no respuesta.

Se propone que en un principio este indicador sólo sea de uso interno.
1.6 Procesos estadísticos para los cuales no aplica el cálculo de este indicador:
Unidad de Estadisticas Económicas. Dirección de Estadísticas Económicas de Registros Administrativos.
Industria Minerometalúrgica (EIMM)
Justificación.- El registro administrativo aprovechado estadísticamente por este proceso de producción es el Directorio de Empresas del Sector Minero Metalúrgico de la Secretaría de Economía, el cual sirve como marco para determinar el universo de la estadística. Bajo ese contexto, se determinó que este tipo de procesos de producción que usan el registro administrativo como marco del universo a captar deben de contar con IPE específicos que se plantearán a futuro por el CoAC.
Programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX)
Justificación.- El registro administrativo aprovechado estadísticamente por este programa es el Directorio de Programas y Empresas IMMEX de la Secretaría de Economía, el cual sirve como marco para determinar el universo de la estadística. Bajo ese contexto, se determinó que este tipo de programas que usan el registro administrativo como marco del universo a captar deben de contar con IPE específicos que se plantearán conjuntamente con el CoAC.
Balanza Comercial de Mercancías de México (BCMM)
Justificación.- El registro administrativo fuente son los registros de comercio exterior que provee el Servicio de Administración Tributaria, los cuales permiten determinar el marco estadístico de los pedimentos aduanales, por eso los IPE actuales no son aplicables y es necesario el diseño de indicadores específicos que se plantearán a futuro ante el CoAC.
Vinculación de Registros Administrativos (VRA)
Justificación.- Los resultados de la vinculación estadística se obtienen a partir del uso de diversos procesos de producción del INEGI (RENEM, Encuestas Económicas, Censos Económicos, Registros Administrativos, principalmente), por lo que los IPE actuales no son aplicables y es necesario evaluar con el CoAC, la elaboración de indicadores específicos.
Estadísticas de Comercio Internacional de Servicios y Digitalización (RAECIS)
Justificación.- Esta estadística se encuentra en la fase de diseño, por lo que por el momento no se cuenta con IPE; sin embargo, en un futuro se evaluará plantear al CoAC el desarrollo de IPE al ser un proceso de producción que se alimentará de diversas fuentes de registros administrativos.
Registro Estadístico de Negocios de México (RENEM)
Justificación.- Los IPE actuales no son aplicables al RENEM, ya que este programa no es un registro administrativo. En el CoAC se determinó que este tipo de programas deben contar con IPE específicos que serán planteados en un futuro.
Estadísticas de Comercio Internacional de Servicios y Digitalización (EDI)
Justificación.- Los IPE actuales no son aplicables al EDI, ya que este programa no es un registro administrativo; cabe señalar que se trata de un programa de Estadística Experimental.
1.7 Fuentes de la metodología y/o estándares utilizados en el cálculo del indicador:
1.8 Persona(s) participante(s) en la integración de la ficha del indicador:
Unidad Administrativa o Grupo de trabajo.- Grupo de trabajo para la definición de indicadores de precisión para registros administrativos.
Enrique de Alba, Vicepresidente del INEGI.
Gonzalo Pérez de la Cruz, director en la Coordinación de asesores.
Eric Rodríguez Herrera, Director de Planeación de la Vicepresidencia (SNIDS).
Gerardo Durand Alcántara, Director General Adjunto de Registros Administrativos Económicos (DGEE).
Lázaro Trujillo Hernández, Director de Estadísticas Económicas de Registros Administrativos (DGEE).
Hugo Hernández Ramos, Director de Vinculación Estadística de Registros Administrativos (DGEE).
Toribio Sánchez Navarrete, Director de Proyectos de Registros Administrativos Sociodemográficos (DGES).
Armando Islas Delgadillo, Director de Censos Nacionales de Gobierno (DGEGSPJ).
Jorge Alberto Plascencia Martínez, Subdirector de Procesamiento de Información de Censos Nacionales de Gobierno (DGEGSPJ).
Carlos Mauricio García Ramírez, Subdirector de Investigación y Resguardo de Información Gubernamental (DGEGSPJ).
Blanca Rito, Jefa de Departamento de Análisis y Monitoreo de Políticas de Información Gubernamental (DGEGSPJ).
Raquel Terán Ramírez, Directora de Integración de Datos Catastrales y Registrales (DGGMA).
Elizabeth Amézquita Muñoz, Subdirectora de Explotación de Registros Administrativos (DGGMA).
Jorge Martínez Jaramillo, Jefe de Departamento de Atención a Usuarios de Información Geográfica (DGGMA).
Araceli Casimiro Allende, Jefa de Departamento de Diseño Conceptual de Procesos Catastrales y Registrales (DGGMA)
1.9 Medios de difusión:
Apartado de indicadores de calidad de la ficha de metadatos.
1.10 Fecha de integración de la ficha:
08/03/2019. (Con base a la entrada en vigor de la NTPPIEG, se ajustaron algunos conceptos dentro de la ficha del indicador, los cuales no alteran en ningún sentido los aspectos técnicos del mismo; Dichos ajustes se aplicaron con fecha del 17/11/2021).

2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL INDICADOR

2.1 Ámbito de aplicación:
Procesos estadísticos que integran y/o aprovechan fuentes administrativas.
2.2 Objetivo del indicador:
La no respuesta o existencia de valores perdidos está presente en todo proceso de producción y puede inducir un sesgo en las estadísticas o indicadores que se generen a partir de la información. El objetivo principal de la tasa de no respuesta a nivel variable es tratar de identificar la existencia de patrones en la no respuesta en una variable en particular, para este fin, la tasa de no respuesta se debe calcular y comparar sobre los diferentes dominios de estudio o sobre agrupaciones de interés.
2.3 Periodicidad:
Se calculará según la periodicidad con la que se llevan a cabo ciclos del proceso de producción.
2.4 Tiempo límite para el reporte del indicador:
Esta tasa se resguardará en el sistema de metadatos de los procesos de producción a más tardar 30 días naturales después de la fecha de publicación de resultados.
2.5 Periodo de referencia o ámbito de aplicación:
El periodo de referencia del indicador corresponde a aquel definido en la población objetivo del proceso de producción.
2.6 Definiciones o conceptos relevantes:
I. Se deberán especificar los aspectos siguientes para cada proceso de producción:
 i) La población objetivo del proceso de producción.
 ii) El conjunto de variables para las cuales se calculará el indicador
 iii) Las agrupaciones sobre las cuales se calculará el indicador (principales dominios de estudio o agrupaciones relacionadas con las variables principales del proceso de producción).

II. Para efectos de esta ficha se entenderá:
 a. Dominio de Estudio: Subconjunto de la población para el cual se requiere realizar mediciones o representaciones de los conceptos de forma separada.
 b. Información admisible: Aquellos datos que pasan los criterios de validación, incluyendo los casos en donde desde la fase de diseño se determinan como admisibles códigos de no respuesta para alguna variable en particular.
 c. Población: El conjunto de unidades pertenecientes a un grupo de personas, empresas, establecimientos, viviendas, o cualquier otro tipo de objetos, acciones o eventos, con base en ciertas características bien definidas, incluyendo límites sobre tiempo y espacio.

III. Este indicador se debe interpretar en conjunto y de forma adicional a la tasa de no respuesta a nivel unidad, pues esta última incluye aquellos casos en donde toda la unidad ‐incluyendo la información de la variable en cuestión‐ es considerada como no respuesta.
2.7 Fórmula de cálculo:
Sea 𝑈 el conjunto de todas las unidades en los registros administrativos que están dentro de la población objetivo y que tienen información admisible.

Considerando una variable 𝑍, sea 𝑈Z ⊆ 𝑈 el conjunto de unidades en donde se requiere información de la variable 𝑍.
Entonces cada una de las unidades contenidas en 𝑈Z está en uno y sólo uno de los tres subconjuntos siguientes:

𝑈Z1: unidades en donde no hay información de la variable 𝑍 o ésta corresponde a códigos de no respuesta en los registros administrativos que son insumos del proceso de producción.
𝑈Z2: unidades en donde existe un valor en la variable 𝑍 diferente a códigos de no respuesta, pero ese valor no es válido después de realizar procedimientos de codificación, clasificación, validación y edición.
𝑈Z31: unidades en donde existe un valor en la variable 𝑍 diferente a códigos de no respuesta y ese valor es válido después de realizar procedimientos de codificación, clasificación, validación y edición.

Para cada nivel de agregación 𝑔, 𝑔 =1,…,G, sea 𝑁Zgi el número de unidades en 𝑈Z que pertenecen a 𝑔 y al subconjunto 𝑈Zi, i
=1,2, 3. 𝑁Zg =𝑁Zg1 + 𝑁Zg2 + 𝑁Zg3.

La tasa de no respuesta a nivel variable para la variable 𝑍 y para el nivel de agregación 𝑔, 𝑇𝑁𝑅Zg, se define como:
Fórmula En algunos casos y por ser relevante en el contexto del proceso de producción, se calculará adicionalmente una versión ponderada de esta tasa en donde 𝑁Zgi se reemplaza por tZgi, con tZgi siendo el total de la variable Z que representan las 𝑁Zgi unidades, es decir:
Fórmula
2.8 Parámetro de interés
Porcentaje
2.9 Fuentes de información del indicador
Todos los datos se obtienen de las especificaciones del proceso de producción y de los registros administrativos que son los insumos de éste.
2.10 Nivel de agregación
Las agrupaciones que defina el responsable del proceso de producción.
2.11 Observaciones y/o especificaciones técnicas
La tasa de no respuesta a nivel variable se calcula considerando el conjunto de todas las unidades en los registros administrativos que se determinan dentro de la población objetivo, definida para el proceso de producción y que tienen información admisible. En lo que sigue se hace referencia a las unidades considerando sólo aquellas en este conjunto.

Para una unidad y variable en particular se dice que hay no respuesta a nivel variable cuando para la unidad se requiere información de la variable y se cumple alguno de los siguientes aspectos:
i) no hay información de la variable o corresponde a códigos de no respuesta.
ii) sí existe un valor en la variable diferente a códigos de no respuesta, pero ese valor no es válido después de realizar procedimientos de codificación, clasificación, validación o edición.

La tasa de no respuesta a nivel variable para una variable en particular se define como el cociente entre el total de las unidades con no respuesta a nivel variable y el total de las unidades en donde se requiere información de la variable.

I. Se deberán especificar los aspectos siguientes para cada proceso de producción:
i) La población objetivo del proceso de producción.
ii) El conjunto de variables para las cuales se calculará el indicador
iii) Las agrupaciones sobre las cuales se calculará el indicador (principales dominios de estudio o agrupaciones relacionadas con las variables principales del proceso de producción).

Nota: El cálculo de este indicador se realiza antes de aplicar métodos de imputación.
2.12 Valores de referencia o estándar de calidad utilizado
No se adopta un valor de referencia, sin embargo, valores altos o la existencia de patrones entre las agrupaciones implican una revisión de los insumos.